Las empresas y entidades cubanas y extranjeras que hayan obtenido utilidades imponibles en 2023, independientemente de su forma de organización o propiedad, están obligadas a presentar la Declaración Jurada del Impuesto sobre Utilidades para liquidar el ejercicio fiscal 2023.
Nos referimos a las empresas estatales de subordinación nacional, provincial y municipal; las cooperativas de producción agropecuaria CPA, las de créditos y servicios (CCS); las unidades básicas de producción cooperativa (UBPC). Las cooperativas no agropecuarias (CNA), las sociedades mercantiles de capital totalmente cubano, las extranjeras y empresas mixtas, así como las micro pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), los Proyecto de Desarrollo Local (PDL), entre otras.
Para esta campaña, la presentación de dicha declaración jurada se hará con firma digital, según lo establece la Resolución 8 del 2024 del Ministerio de Finanzas y Precios publicada en la Gaceta Ordinaria No 15 del 15 febrero del 2024, que en su resuelvo único plantea: ¨Disponer con carácter obligatorio, la presentación en formato digital de la Declaración Jurada del Impuesto sobre Utilidades, correspondiente a las personas jurídicas, de conformidad con las indicaciones que disponga la Oficina Nacional de Administración Tributaria¨.
Una firma digital es un mecanismo que permite garantizar la autenticidad, integridad y no repudio de un documento electrónico. Es decir, permite asegurar que el documento proviene de quien dice ser el autor, que no ha sido modificado y que no puede negar su autoría.
En términos generales, un esquema de firma digital ofrece un análogo criptográfico de las firmas manuscritas que, de hecho, proporciona garantías de seguridad mucho más certeras y alentadoras.
Estas constituyen una poderosa herramienta y actualmente se aceptan como jurídicamente vinculantes en varios países del mundo; pueden utilizarse para certificar contratos y legalizar una gran cantidad de documentos. A su vez, también permiten la distribución y transmisión seguras de claves públicas y, por tanto, en un sentido muy real, sirven de base para toda la criptografía de clave pública.
Para obtener su firma digital, el representante legal de la entidad debe hacer la solicitud a cualquiera de las entidades que emiten estos Certificados electrónicos, ya sea SOFTEL, DESOFT, XETID, SEGURMÁTICA, DATYS, entre otros.
Lo que debe conocer sobre la Declaración Jurada del Impuesto sobre Utilidades
• Debe presentarse y pagarse antes del 31 de marzo.
• Tiene que estar firmada digitalmente.
• Utilice para el llenado de su Declaración Jurada del Impuesto sobre Utilidades el modelo en formato en Excel publicado en la Sección Descargas del Portal Tributario: https://www.onat.gob.cu/home/modelos-formularios , que contiene su Instructivo.
• Una vez llenado el modelo y firmado por el representante legal, puede enviarla al correo electrónico consultas de la ONAT de su municipio.
• Envíe el PDF firmado y el modelo en formato Excel.
• Los correos electrónicos consultas los puede encontrar disponibles en el Portal, en la sección Contactos: https://www.onat.gob.cu/home/contactos
La ONAT le recuerda que el cumplimiento correcto y puntual de esta obligación, además de un deber formal, constituye un deber cívico, ya que con su pago se potencian los ingresos al presupuesto por este concepto, que como se conoce se destinan al financiamiento de los gastos públicos y del desarrollo de los territorios.
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