ARTICULO 50

  • Todos tienen derecho a que se atienda y proteja su salud. El Estado garantiza este derecho:
    • Con la prestación de la asistencia médica y hospitalaria gratuita, mediante la red de instalaciones de servicio médico rural, de los policlínicos, hospitales, centros profilácticos y de tratamiento especializado;
    • Con la prestación de asistencia estomatológica gratuita;
    • Con el desarrollo de los planes de divulgación sanitaria y de educación para la salud, exámenes médicos periódicos, vacunación general y otras medidas preventivas de las enfermedades. En estos planes y actividades coopera toda la población a través de las organizaciones de masas y sociales.