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Conversión de Licencia de Conducción Nacional Extranjera a la Nacional

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Descripción del trámite:

El poseedor de Licencia Nacional Extranjera podrá realizar la conversión a la Licencia de Conducción Nacional, siempre que pertenezcan a los países que corresponden al tratado de Viena, pasado el término de 6 meses de estancia en nuestro país. El poseedor debe tener al menos 18 años.

Documentos a presentar:

  • Solicitará al Consulado a través del certifico de autenticidad, la aclaración del vehículo autorizado a conducir en su país, de la categoría enunciada en el documento.
  • Carné de Identidad y Pasaporte.
  • Sellos de Timbre por valor de 30 pesos.
  • Dos fotos sin sombrero o gorra. Si usted usara espejuelos, deberá retratarse con los mismos.
  • Fotocopia de la Licencia de Conducción.

Nota:

La Licencia de Conducción Extranjera, cuyo texto esté en otro idioma que no sea el español, para realizar la conversión, deberá realizar la traducción al idioma español.

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